Derecho de asociación
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Un mapa mental sobre el derecho corporativo.
6/02/2021
6/02/2021
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ART 38 CONSTITUCIÓN POLÍTICA
"Se garantiza el derecho de libre asociación para el desarrollo de las distintas actividades que las personas realizan en sociedad."
Con la Constitución Política de 1991 el derecho de asociación adquiere mayor relevancia dado que no solo mantiene su rango constitucional mediante el artículo 39, sino que tambien habla de un trabajo en condiciones dignas (artículo 25), en el que se garanticen principios y derechos fundamentales (artículo 53) y la primacía de los tratados internacionales (artículos 93 y 94).
DERECHO POSITIVO
Permite al sujeto asociarse libremente sin requerir autorización previa.
DERECHO NEGATIVO
Sentencia C-606 de 14 de diciede 1992,
Esta sentencia hace mención a que este tambien tiene un aspecto negativo, el cuál, nadie podrá ser obligado directa o indirectamente a formar parte de una ascociacón determinada, es el derecho a no asociarse.

- Organizaciones no gubernamentales (ONG)
- Organizaciones no lucrativas (ONL)
- Clubes y organizaciones deportivas.
CIVICAS: Es un contrato por el cual dos o más personas se obligan a poner en común dinero, bienes o industria, con ánimo de partir entre sí las ganancias.
- Sindicato Nacional de Servidores Públicos del Estado Colombiano.
SINDICALES: libre voluntad o disposición de los trabajadores para constituir formalmente organizaciones permanentes que los identifique y los una en defensa.
- Asociación Colombiana de Cirugía.
PROFESIONALES: Organización sin ánimo de lucro que tiene por objeto desarrollar planes, programas y proyectos.


CON ÁNIMO DE LUCRO
Estas asosiaciones se caracterizan por el actuar plural encaminado en desarrollar un fin de caracter económico de forma colectiva.
EJEMPLO
SIN ÁNIMO DE LUCRO
Las utilidades no se reparten entre los asociados, si no que se utilizan para el beneficio de la asociación.
EJEMPLO
Fundación: Forma de carácter asociativa donde un patrimonio determinado se afectan para un beneficio social.

CONSORCIO
(Art 7 de la Ley 80 de 1993)
Solo se crea personeria juridica se constituye una vez se adjudique el proceso contractual.
UNIÓN TEMPORAL
La ley 80 de 1993 define la unión temporal para efectos de la contratación administrativa.
Es distinta de la sociedad y de las formas asociativas.