Mind Map Gallery Prescripción
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A mind map about Prescripción, which is means of getting rid of an obligation, through the passage of a certain time and under the conditions established in the labor code or that is a consequence of its application.
Edited at 2021-05-13 22:54:02Prescripción
Es un medio de librarse de una obligación, mediante el transcurso de cierto tiempo y en las condiciones establecidas en el código de trabajo o que sea consecuencia de la aplicación del mismo.(ARTICULO 258 CT)
Clases de Prescripción
-Positiva: adquisición de un derecho por el trascurso del tiempo-Negativa: pérdida de un derecho por el paso del tiempo
ES IRRENUNCIABLE pero puede renunciarse la prescripción ya consumada, sea de palabra, por escrito o tácticamente por hechos indudables.
INTERRUPCIÓN DE LA PRESCRIPCIÓN. ART 266
1.Por demando o gestión ante autoridad competente.2.Por el hecho de que la persona a cuyo favor corre la prescripción reconozca expresamente, de palabra o por escrito, o tácitamente por hechos indudables, el derecho de aquel contra quien transcurre el término de prescripción.3.Por fuerza mayor o caso fortuito
EFECTO DE LA INTERRUPCIÓN
ART 268 CT: inutilizar para la prescripción todo el tiempo corrido antes de que aquélla ocurra.
CAUSAS DE INTERRUPCIÓN DE PRESCRIPCION
ART 267 CT: interrupción mutua (se interrumpe para los deudores solidarios y la otra parte)
Prescripción en el CT
Derecho del patrono
Despido justificado ART.259: (derecho del patrono) que le permite despedir justificadamente al trabajador. Prescriben en 20 días hábiles desde que se dio la causa de la terminación del contrato y los hechos de la corrección disciplinaria por faltas.
•Retiro injustificado del puesto de trabajo ART. 262 CT: (derecho del patrono) Se prescribe un periodo de 30 días hábiles para que el patrono ejerza su derecho para reclamarle a los trabajadores que se retiren injustificadamente.
Derecho del trabajador
•Emplazamiento del trabajador al patrono ART260: (derecho del trabajador) En un plazo de 30 días hábiles, el trabajador tiene derecho de reclamarle al patrono por el despido (terminación del contrato) o las correcciones disciplinarias aplicadas
•Despido directo ART 261: (derecho del trabajador) Para una terminación del contrato de forma efectiva y con justa causa, los trabajadores tiene derecho a 20 días hábiles desde el momento que el patrono dio motivo para la separación o despido indirecto.
Prescripción que opera contra los derechos del trabajador
•Despido injustificado: el trabajador debe saber cuál es su situación frente a su ex patrono y qué acciones puede ejercita•Plazo legal: tiempo legal o establecido para hacer valer derechos dentro de un proceso judicial.•Plazo para reclamar prestaciones laborales irrenunciables: Son las prestaciones irrenunciables, entre ellas se encuentran únicamente: vacaciones, aguinaldo proporcional, Bono 14 proporcional, salarios retenidos, horas extraordinarias y reajustes de salarios en un plazo de 5 años•Darse por despedido o separado de la empresa: hostigamiento del patrono para que el trabajador renuncie•Protestar contra sanción disciplinaria: (plazo de 20 días) Las sanciones más comunes son: la amonestación por escrito y retiro temporal sin goce de salario.•Pedir reinstalación: debe de hacerse a la brevedad posible•Acción procesal: emplazar al patrono•Retiro por incapacidad: se inicia desde el momento en que se declara la suspensión del trabajador•Beneficiarios: personas que ordinariamente, dependen del salario del trabajador para su subsistencia
Derechos
•Derechos de contratos, pactos, convenios o RIT. ART 263: Prescripción de los derechos que provengan de contratos, pactos colectivos de condiciones de trabajo, convenios colectivos y RIT tienen un plazo de 4 meses desde la fecha de terminación de los contratos.
•Derechos que provengan de derechos del CT. ART 264: Salvo disposición en contrario, todos los derechos que provengan directamente de ese Código, de sus reglamentos o de las demás leyes de Trabajo y Previsión Social (bonificación incentiva, sueldo, salario, vacaciones, aguinaldo, bono 14) prescriben en el término de dos años.
•Menores de edad e incapaces. ART 265: La prescripción no corre contra menores de 14 años e incapaces, si se tiene representante legal este es responsable de los daños y prejuicios a sus representados que por el transcurso del término de prescripción se causen.