Galería de mapas mentales TÍTULO II

TÍTULO II

Este es sobre el contenido del segundo título. En cuanto a la designación del conciliador, se debe determinar la persona que actuará como conciliador de la lista correspondiente. En cuanto a la asistencia, las partes deben asistir a la audiencia de conciliación y pueden hacerlo con sus apoderados cuando lo consideren adecuado. Esta serie de disposiciones aclara la asignación de personal y la forma de participación durante el proceso de conciliación, proporcionando un marco y criterios básicos para la realización exitosa del trabajo de conciliación.

Editado a las 2023-10-27 14:27:46,
  • Recomendados
  • Resumen