Para que los usuarios de los estados financieros puedan utilizar la información que contienen en el proceso de toma de decisiones empresariales, se requiere que sean preparados y presentados en función de un marco normativo que cuente con reconocimiento legal y de amplio conocimiento por parte de todos los involucrados en el proceso de preparación y uso de la información financiera. En el caso peruano, este marco normativo tiene, en la actualidad, su principal referente en el modelo contable de las Normas Internacionales de Información Financiera el mismo que, después de aproximadamente dos décadas de la obligación legal de su adopción, aún presenta confusión respecto a la fecha de inicio de su vigencia, por lo cual no ha logrado consolidar su aplicación en la preparación y la presentación de los estados financieros de las empresas peruanas.
EL PROCESO DE AMORTIZACION CONTABLE EN EL PERÚ: DOS DECADAS DESPUES
Del proceso de convergencia para la adopción del modelo contable de las NIIF se produjo en nuestro país en la década de 1980 mediante los acuerdos de diversos congresos de contadores públicos realizados en el Perú y que sirvieron de base para que el Consejo Normativo de
Contabilidad (CNC)
La Resolución 005-94-EF/93.01, de fecha 18 de abril de 1994. A través de esta, se decidió oficializar en nuestro país el grupo de Normas Internacionales de Contabilidad (NIC), hoy llamadas NIIF.
con la Resolución emitida por el CNC, se da el punto de partida para la oficialización de la aplicación de las NIIF en Perú, con lo cual se refuerza el acuerdo previo del gremio de los profesionales contables que recomendaron previamente su adopción.
Es común escuchar que la aplicación obligatoria de las NIIF en la preparación de los EE FF en Perú tiene su origen del año 2011 y que está obligatoriedad tiene su respaldo en las normas legales promulgadas por la SMV, lo cual es inexacto
LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES Y EL INICIO DE LA VIGENCIA LEGAL DE LA APLICACIÓN DE LAS NIIF EN PERÚ
La obligación legal de la aplicacion de las NIIF en Perú es remitirse al año 1998 con la entrada en vigencia de la Ley General de Sociedades, promulgada el año anterior.
En el artículo 223 Los estados fincieros deben elaborarse de acuerdo con disposiciones legales sobre la materia y con PCGA en el país
La vigencia legal peruanas de las NIIF, la prepracion de los estados financieros de las empresas peruanaS tiene como punto de partida el año 1998 y no en el año 2011
LA SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Y EL NUEVO ESCENARIO
Mejorar la calidad y transparencia de la información financiera de las empresas
promueve las emisiones de valores mobiliarios y fortalece el mercado de capitales
Los ingresos totales sean iguales o mayores a 3000 UIT deben preparar su información financiera mediante la aplicación de las NIIF
Generó diversos reclamos, que se plasmaron en una demanda de
inconstitucionalidad interpuesta por más de 5000 ciudadanos contra lo dispuesto en la Ley 29720
REFLEXIONES SOBRE LA APLICACIÓN DE LAS NIIF Y LA CALIDAD DE LA IF DE LAS EMPRESAS PERUANA
Ordenamiento jurídico de la contabilidad peruana se encuentra disperso en leyes y decretos, entre otros desde el Código de Comercio, obsoleto en lo que se refiere a aspectos contables de teneduría de libros, hasta la oficialización del modelo contable de las NIIF carece de validezconstitucional para establecer su vigencia en nuestro país.
Las últimas décadas se han emitido normas legales para regular la preparación y presentación de la información financiera de las empresas del sector privado por distintas entidades, lo cual ha generado confusión y falta de uniformidad entre los diversos usuarios vinculados. La cual recae actualmente en el CNC y en la SMV
Se debe establecer un marco regulatorio para la presentación de EEFF por parte de las empresas no supervisadas por la SMV de forma similar a la que estuvo vigente hasta el año 1999 a cargo de CONASEV. Este marco deberia verificar el cumplimiento de las normas contables vigentes en la preparacion y presentacion de la informacion financiera.
Desde la fecha de oficialización de las NIIF para Pymes, por parte del CNC, no se han implementado mecanismos adecuados para difundir la aplicación de estas normas en las empresas que se encuentran obligadas a aplicarlas. Tampoco se cuenta con mecanismos de supervisión para verificar su aplicación, situación que conlleva a la percepción de que es una norma inútil y sin beneficio para las entidades que deberían aplicarla.