Es una institución con una doble finalidad, permite por un lado la adquisición del dominio y derechos reales, y por otro laextinción de los mismos.
Es decir
La prescripción es un medio de liberarse de unaobligación, con el transcurso del tiempo
De acuerdo al artículo 258 del código de trabajo, podemos observar 2 puntos claves sobre la prescripción.
-Prescripción es un medio de librarse de
una obligación.
-El derecho de prescripción es irrenunciable, pero puede
renunciarse la prescripción ya consumada.
Tipos de Prescripción
Prescripción Adquisitiva
Consiste en otorgar el
derecho de propiedad sobre algo que se ha poseído
durante un período de tiempo determinado.
Prescripción Extintiva
Consiste en anular a alguien
del cumplimiento de una obligación o acción porque
ha transcurrido un plazo de tiempo durante el cual el
titular no ha ejercido su derecho
Prescripción de Delito
Sucede con la aplicación de extinción que se produce
del derecho a perseguir o sancionar a un delincuente.
Prescripción Tributaria
Se produce cuando se extingue la
deuda de un impuesto por el transcurso del tiempo
Efectos e Interrupción de la Prescripción
Se deben de prescribir en 20 días
Los derechos de los patronos para despedir
justificadamente a sus trabajadores
Los derechos de los patronos para disciplinar las
faltas de sus trabajadores.
Los derechos de los trabajadores para dar por
terminado efectivamente y con justa causa su contrato
de trabajo
Se deben de prescribir en 30 días
Los derechos de los trabajadores para reclamar
contra el patrono por despido
Los derechos de los trabajadores para
reclamar contra correcciones disciplinarias que se les
apliquen
Los derechos de los patronos para reclamar contra
los trabajadores que se retiren injustificadamente de
su puesto
Sub Se deben de prescribir en 4 meses
Todos los derechos que provengan directamente de
contratos de trabajo, de pactos colectivos, de convenios de
aplicación general o del reglamento interior de trabajo
Se deben de prescribir en 1 año
La invocación que puede hacer el patrono del
apercibimiento escrito a que se refiere el inciso h) del
artículo 77 del Código de Trabajo, relativo a la facultad que
tiene el patrono para despedir con justa causa al trabajador
que viole alguna prohibición del Art. 64, previo
apercibimiento escrito
Se deben de prescribir en 2 años
Todos los derechos que provengan
directamente del Código de Trabajo, de sus
reglamentos o de las demás leyes de trabajo y previsión
social.