Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87)
Las organizaciones tienen derecho a constituir federaciones y confederaciones, de esta manera también afiliarse a las mismas.
Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98)
Los trabajadores o empleadores a constituir sindicatos o asociaciones sin que el Estado intervenga.
Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29) (y su Protocolo de 2014
Se prohíbe todo trabajo forzoso u obligatorio, el cual es definido como todo aquel trabajo que se haga bajo amenaza o no sea de forma voluntaria.
Convenio sobre la abolición del trabajo forzoso, 1957 (núm. 105) c
Se prohíbe todo trabajo forzoso como instrumento para limitar la ideología o como método para hacer educación política
Convenio sobre la edad mínima, 1973 (núm. 138)
Establece los 15 años como edad mínima para tener acceso de admisión a un trabajo y que se debe ir elevando de forma progresiva y garantizar un completo desarrollo físico y mental de los niños.
Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (núm. 182)
Se establece la esclavitud, trabajo forzoso y trata de niños como las peores formas de trabajo infantil por lo cual deben ser eliminadas y prohibidas.
Convenio sobre igualdad de remuneración, 1951 (núm. 100)
La remuneración de la mano de obra femenina y la masculina debe ser igual valor
Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111)
Establece la igualdad de oportunidades laborales las cuales no deben ser alteradas por actos de discriminación y es definida como cualquier distinción, exclusión o preferencia bajo condiciones como la raza, sexo, religión, color, nacionalidad, ideología política u origen social