CLASES DE PERSCRIPCIÓN Puede ser positiva o negativa
PRESCRIPCIÓN NEGATIVA Es una institución que aparece en todas las disciplinas jurídicas, y como se dijo, no es más que la extinción de determinados derechos por haber transcurrido determinado tiempo sin que esos derechos hayan sido ejercitados o exigidos.
PRESCRIPCIÓN POSITIVA Consiste en la adquisición de un derecho por el transcurso del tiempo.
Plazos en General: Existen diferentes plazos que atienden a una adecuación práctica. El derecho civil establece plazos que oscilan entre los 10 años (derechos reales) y hasta los 2 años (cobros adecuados, comerciales, honorarios, etc.)
Prescripción que opera en contra derechos del trabajador: Si al trabajador no se le expone el motivo del despido, o se le aduce una causal frívola o infundada, es de suponer que de inmediato reclamar a su tiempo. Si el trabajador renuncia o si tiene claro que el mismo dio motivo justificado para el retiro, teóricamente no reclamará la indemnización( quedan a salvo las empresas donde esté vigente la indemnización universal o en el caso de que el motivo del despido es discutible).
Plazo legal: El primer aspecto que se analiza es el de la prescripción y es determinar si el trabajador ejerció en tiempo su derecho o no. Esto es, si presentó su reclamo al tribunal o a la Inspección de Trabajo, dentro de los 30 días hábiles siguientes a la terminación.
Plazo para reclamar prestaciones laborales irrenunciables : Entre ellas se encuentran básicamente: vacaciones, aguinaldo proporcional, bono 14 proporcional, salarios retenidos, horas extraordinarias, reajustes de salario. La prescripción para reclamar esas prestaciones es de 2 años contados a partir de la finalización del contrato excepto las vacaciones, a la que la nueva modificación del código de trabajo (decreto 64-92) otorga un plazo de 5 años.